- El Ministerio de Transporte colombiano ha presentado el primer proyecto integral para regular la micromovilidad en todo el país.
- Patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas deberán cumplir requisitos técnicos de seguridad e identificación en el RUNT.
- Se fijan límites de velocidad de 25 km/h en espacios recreativos y hasta 40 km/h para ciertas bicicletas eléctricas fuera del perímetro urbano.
- La propuesta está abierta a comentarios ciudadanos y busca equilibrar movilidad sostenible y seguridad vial.

La micromovilidad eléctrica ha irrumpido con fuerza en las ciudades colombianas y ha dejado al descubierto un vacío legal que, hasta ahora, no se había abordado de forma estructurada. El auge de patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas en vías urbanas ha obligado al Gobierno a mover ficha para ordenar su uso y reducir los riesgos en la vía pública.
Para responder a este escenario, el Ministerio de Transporte ha puesto sobre la mesa el primer proyecto de resolución que regula de manera específica estos vehículos de movilidad personal. Se trata de una propuesta todavía en fase de consulta, abierta a comentarios de ciudadanos, autoridades locales, expertos y usuarios, pero que ya perfila cómo será el nuevo mapa normativo de la micromovilidad en Colombia.
Un paso clave: primer marco normativo nacional para la micromovilidad
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Transporte, ha publicado para observaciones el primer borrador de regulación sobre vehículos de micromovilidad y vehículos eléctricos livianos de uso personal. Es la primera vez que Colombia plantea un esquema común a nivel país para este tipo de medios de transporte, que hasta ahora se movían en una zona gris jurídica.
El texto, divulgado el 15 de mayo de 2026, se centra en ordenar la circulación de patinetas eléctricas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas en entornos urbanos y periurbanos. La intención es que estas alternativas, consideradas más sostenibles y ágiles para trayectos cortos, se integren al sistema de tránsito sin aumentar la siniestralidad ni los conflictos con peatones y otros vehículos.
Según el Ministerio, la iniciativa nace de la necesidad de ofrecer “reglas claras frente a una realidad que ya está en las calles”. Hasta la publicación del proyecto, miles de usuarios de VMP (Vehículos de Movilidad Personal) circulaban sin un marco homogéneo, lo que complicaba la gestión por parte de las autoridades y elevaba la sensación de desorden en muchas ciudades.
El borrador se ha elaborado bajo el enfoque de sistema seguro y en consonancia con el Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, tomando como referencia experiencias internacionales, como la nueva ordenanza de Madrid, que ya han regulado este fenómeno. El objetivo es adaptar buenas prácticas globales a la realidad colombiana, donde la micromovilidad crece a gran velocidad.
La titular de la cartera, María Fernanda (Mafe) Rojas, ha insistido en que el texto no es aún una norma definitiva, sino un punto de partida para la discusión pública. El documento está disponible en los canales oficiales del Ministerio, donde cualquier persona puede remitir sugerencias o reparos antes de que se expida la resolución final.
Requisitos técnicos obligatorios para patinetas, scooters y bicicletas eléctricas
El corazón de la propuesta se encuentra en el listado de exigencias técnicas que deberán cumplir los vehículos de micromovilidad para poder circular legalmente. La intención es estandarizar unas condiciones mínimas que mejoren la seguridad activa de estos dispositivos.
En primer lugar, todos los VMP incluidos en la norma tendrán que equiparse con sistema de freno delantero y trasero. Esta doble capacidad de frenado se considera esencial para reducir distancias de detención y minimizar impactos en situaciones de emergencia, especialmente en zonas con tráfico denso o presencia de peatones.
Además, se exige la instalación de luces y elementos reflectantes que garanticen una mejor visibilidad en condiciones de poca iluminación. La norma detalla que los vehículos deberán contar con iluminación delantera y trasera, así como superficies reflectivas que permitan ser vistos desde distintos ángulos por otros usuarios de la vía.
Otro punto clave es la obligatoriedad de una señal acústica o timbre, con la que el conductor pueda advertir su presencia a peatones y ciclistas, algo especialmente relevante en andenes, pasos compartidos o ciclovías muy concurridas. Se trata de una medida sencilla, pero que busca prevenir maniobras sorpresivas y choques en espacios reducidos.
El proyecto también incluye la obligación de incorporar limitadores de velocidad y sistemas de protección contra manipulaciones técnicas. Con esto se pretende frenar la práctica, cada vez más habitual, de alterar el software o la configuración de los vehículos para alcanzar velocidades superiores a las previstas por el fabricante, incrementando así el riesgo de siniestros graves.
Identificación y registro en el RUNT: “placa” para los VMP
Una de las novedades más relevantes del borrador es la creación de un sistema de identificación para los Vehículos de Movilidad Personal a través del RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito). En la práctica, esto supone integrar estos dispositivos en la misma base de datos donde ya figuran coches, motos y otros vehículos motorizados.
Cada patineta, scooter, monociclo o bicicleta eléctrica tendrá que contar con una lámina visible con información técnica y un código único de identificación. Ese código quedará vinculado al RUNT, permitiendo individualizar el vehículo, seguir su historial y facilitar tareas de control, sanción o recuperación en caso de robo.
Este sistema funciona como una especie de “placa” adaptada a la micromovilidad, ajustada al tamaño y características de estos dispositivos, pero con la misma lógica: asociar un medio de transporte a un registro oficial y a un responsable. De esta manera, las autoridades dispondrán de más herramientas para fiscalizar el cumplimiento de la norma.
El Ministerio subraya que la inscripción en el RUNT no solo tiene fines sancionadores, sino también de orden y trazabilidad. Con datos actualizados sobre el parque de VMP en circulación, será posible diseñar políticas públicas mejor dirigidas, evaluar la evolución del sector y ajustar las medidas de seguridad en función de la evidencia.
Al igual que ocurre con otros vehículos, la obligación de registro implicará para los propietarios un compromiso más claro respecto al mantenimiento y uso adecuado de sus equipos. Esa formalización podría, además, abrir la puerta a servicios complementarios, como seguros específicos o programas de gestión de flotas en el caso de empresas de alquiler.
Equipamiento obligatorio para el usuario y seguridad vial
La propuesta no se limita a regular las características técnicas de los vehículos; también introduce obligaciones directas para los conductores de VMP, especialmente relacionadas con la protección personal y la visibilidad en la vía.
Entre las medidas más claras figura el uso obligatorio de casco certificado. Aunque en muchas ciudades ya se recomendaba su utilización, el proyecto lo eleva a la categoría de requisito, reconociendo que los traumatismos craneoencefálicos son una de las lesiones más graves y frecuentes en este tipo de siniestros.
Asimismo, se establece la necesidad de utilizar chaleco o elementos reflectivos en horario nocturno o en condiciones de baja visibilidad. Esta exigencia pretende reducir el número de atropellos o colisiones en tramos poco iluminados, donde la diferencia entre ser visto o no puede resultar determinante.
La norma también hace referencia a las condiciones especiales de tránsito para los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (Velmpu), categoría definida por la Ley 2486 de 2025. Esta subcategoría engloba aquellos dispositivos de propulsión eléctrica, baja potencia y uso individual que se desplazan principalmente en entornos urbanos.
El Ministerio sostiene que, al incorporar requisitos de equipamiento y protección tanto para el vehículo como para el usuario, se avanza hacia un modelo de seguridad vial más integral, en el que no solo se regulan las máquinas, sino también el comportamiento y la autoprotección de quienes las conducen.
Límites de velocidad y condiciones de circulación
Otro bloque importante del proyecto se centra en definir velocidades máximas y pautas de circulación para los distintos vehículos de micromovilidad, atendiendo al tipo de vía y al entorno en el que se mueven.
En espacios recreativos, deportivos o urbanos controlados, la propuesta fija un límite de 25 km/h para patinetas, scooters y otros VMP. Esta cifra busca evitar que estos dispositivos circulen a ritmos similares a los de las motos o coches, disminuyendo así el impacto en caso de colisión y facilitando la convivencia con peatones y ciclistas.
Para determinadas bicicletas eléctricas autorizadas que circulen fuera del perímetro urbano, el texto contempla la posibilidad de llegar hasta 40 km/h, siempre dentro de los parámetros que establezca la reglamentación técnica. Se trata de un reconocimiento de que, en vías interurbanas o tramos específicos, pueden operar en condiciones algo distintas a las del casco urbano.
Estos límites no son arbitrarios: el Ministerio indica que se han fijado en función de referentes técnicos internacionales y del enfoque de “sistema seguro”, ampliamente utilizado en políticas de seguridad vial de otros países. Reducir la velocidad es, según este paradigma, una de las herramientas más eficaces para disminuir lesiones graves y muertes en caso de siniestro.
Además de las velocidades máximas, el proyecto anuncia condiciones específicas de circulación y posibles restricciones en determinados espacios, como andenes, zonas peatonales o carriles exclusivos. Aunque el detalle fino de estas reglas se concretará en el texto definitivo, la orientación general es evitar conflictos por invasión de áreas reservadas para peatones o para otros modos de transporte.
Participación ciudadana y construcción de la norma
Un aspecto que el Gobierno ha querido destacar es el carácter abierto y participativo del proceso regulatorio. El documento no ha sido presentado como una decisión cerrada, sino como un borrador sujeto a ajustes en función de los comentarios recibidos.
El Ministerio de Transporte ha habilitado canales oficiales para recibir observaciones de ciudadanos, autoridades territoriales, expertos en movilidad y usuarios de estos vehículos. La idea es que quienes se mueven a diario en patinetas eléctricas, scooters o bicicletas de pedaleo asistido puedan aportar su experiencia y señalar posibles mejoras o vacíos en la propuesta.
Según ha explicado la ministra Mafe Rojas, esta fase de consulta busca construir una regulación que responda a las dinámicas reales de la movilidad urbana, y no solo a un diseño teórico. Para ello, el Ministerio ha insistido en que se trata de un espacio de diálogo, en el que distintos actores del sector puedan exponer sus puntos de vista.
La participación de gobiernos locales también resulta clave, ya que muchos municipios han tenido que improvisar ordenanzas y restricciones puntuales para gestionar el auge de la micromovilidad. Integrar esas experiencias en una norma nacional podría ayudar a armonizar criterios y evitar contradicciones entre ciudades.
Una vez revisados los comentarios, el Ejecutivo prevé ajustar el texto antes de expedir la resolución definitiva. A partir de ese momento, entrarían en vigor las nuevas obligaciones de registro, equipamiento y circulación para propietarios y usuarios de VMP en todo el país.
Impacto esperado en la movilidad urbana colombiana
Si la resolución se aprueba en los términos planteados, marcará un antes y un después en la forma de entender la micromovilidad en Colombia. La incorporación de estos vehículos al marco regulatorio nacional supondrá formalizar su presencia y dejar atrás la etapa de vacío normativo.
Por un lado, la regulación aspira a reducir la accidentalidad asociada a patinetas y bicicletas eléctricas, que han protagonizado incidentes en andenes, cruces peatonales y vías compartidas. Al exigir equipamiento de seguridad, límites de velocidad y registro en el RUNT, se pretende disminuir tanto la gravedad de los siniestros como la sensación de impunidad.
Por otro, el Gobierno recalca que el objetivo no es frenar el crecimiento de estos medios, sino integrarlos de forma ordenada en una estrategia de movilidad más sostenible. La micromovilidad se ve como una aliada para descongestionar el tráfico, reducir emisiones y ofrecer alternativas rápidas y relativamente económicas para recorridos cortos.
En la práctica, la futura norma podría incentivar mayor profesionalización en el sector de los servicios compartidos, como las plataformas de alquiler de patinetas y bicicletas eléctricas. Las empresas tendrán que ajustar sus flotas a los nuevos requisitos y reforzar la información que proporcionan a los usuarios sobre el uso correcto de los vehículos.
Al mismo tiempo, la inclusión de los VMP en el sistema de tránsito nacional facilitará la coordinación entre políticas de transporte, urbanismo y seguridad vial. Contar con un marco homogéneo permitirá diseñar mejor las infraestructuras necesarias, desde ciclovías hasta puntos de estacionamiento específicos, evitando ocupaciones caóticas del espacio público.
La apuesta regulatoria del Ministerio de Transporte colombiano se sitúa así en una línea similar a la de otros países que han optado por combinar impulso a la movilidad eléctrica ligera y control normativo. Con esta propuesta, Colombia intenta adelantarse a los problemas derivados de un crecimiento descontrolado y establecer unas reglas de juego que protejan tanto a los usuarios de micromovilidad como al conjunto de actores viales.
Con la iniciativa en fase de consulta, el foco está ahora en el debate público y en la capacidad de ajustar el borrador para que resulte aplicable y efectivo en las calles. El resultado final, cuando la resolución entre en vigor, definirá cómo se convivirá a partir de entonces con patinetas, scooters, monociclos y bicicletas eléctricas en el país, combinando movilidad más limpia, mayor orden en las vías y un refuerzo explícito de la seguridad vial.
